PROYECTOS
RECHAZAR EL DNU QUE PROHIBE LOS TRATAMIENTOS Y CIRUGIAS PARA EL CAMBIO DE GÉNERO EN PERSONAS MENORES DE 18 AÑOS POR SU CARACTER MANIFIESTAMENTE INCONSTITUCIONAL.
Esta disposición contraviene el reconocimiento de la identidad de género consagrado en la Ley 26.743, atentando directamente contra los derechos personalísimos del colectivo travesti-trans y el respeto irrestricto a su identidad.
Argentina ha sido pionera en el reconocimiento del derecho a la identidad de género, convirtiéndolo en un derecho humano fundamental y contribuyendo a la desestigmatización de la
población travesti-trans. Sin embargo, la prohibición de tratamientos de hormonización para personas menores de edad implica un retroceso en la lucha por la igualdad y la dignidad, fomentando la discriminación y el estigma hacia toda la comunidad travesti-trans y contradiciendo los compromisos estatales de protección y respeto por la diversidad establecidos en pactos y acuerdos internacionales. Incluso, desconociendo avances significativos como la eliminación de la transexualidad y el travestismo como trastornos mentales de la Clasificación Internacional de Enfermedades, en 2018 por la Organización Mundial de la Salud.